El pasado 14 de marzo ante el Ministerio de Salud, fueron radicadas las observaciones presentadas por la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación sobre el proyecto de resolución por medio del cual se definen las condiciones y responsabilidades para la conformación, operación, recursos, monitoreo y seguimiento de los equipos básicos de salud financiados por la UPC, previstos en los artículos 11 y 21 de la Resolución 2364 de 2023. Aquí te contamos lo solicitado por la agremiación.
En primer lugar, la S.C.A.R.E. pidió modificación en la redacción del artículo relacionado con las responsabilidades de los equipos básicos de salud, encaminado a aclarar que los responsables son los prestadores de servicios de salud, teniendo en cuenta que la misma Resolución en el artículo 3 establece: “Los equipos básicos de salud corresponden a la estructura funcional y operativa de los prestadores de servicios de salud…”, por cuanto se considera que debe replantearse la redacción toda vez que puede dar a entender que quienes asumen esa responsabilidad son los profesionales que conforman dichos equipos, cuando en realidad se encuentra en cabeza de los prestadores de salud.
En segundo lugar, se solicitó que se eliminen las disposiciones relacionadas con la destinación específica del 5% de la UPC a los equipos básicos de salud, toda vez que las mismas contrarían las disposiciones contenidas en el ordenamiento jurídico, así como lo dicho por la Corte Constitucional en la sentencia C978 de 2010, en el sentido que el establecimiento de dichos porcentajes alteran el equilibrio financiero, quebrantan el principio constitucional de eficiencia, pueden colocar a las EPS en posición de eventual incumplimiento, entre otros aspectos.
Finalmente, la S.C.A.R.E solicitó al Ministerio informar el acogimiento o no de las propuestas presentadas. Te invitamos a consultar el comunicado con las observaciones aquí.