Desde la Sociedad Colombiana de Anestesiologรญa y Reanimaciรณn (S.C.A.R.E.) advertimos que sin garantรญas de pago oportuno y progresivo al talento humano en salud no es posible asegurar la sostenibilidad ni la calidad de la atenciรณn en el marco de las Redes Integrales e Integradas de Salud (RIIS).
El pasado 21 de enero de 2026, radicamos ante el Ministerio de Salud y Protecciรณn Social un documento tรฉcnico con observaciones de fondo al proyecto de resoluciรณn que reglamentarรก la conformaciรณn, organizaciรณn, habilitaciรณn y operaciรณn de las RIIS.
La iniciativa normativa define los lineamientos tรฉcnicos para la puesta en marcha de un modelo orientado a articular de manera integral la prestaciรณn de los servicios de salud, y a consolidar una gestiรณn territorial en la que la Atenciรณn Primaria en Salud (APS) deje de ser un enunciado declarativo y se convierta en la base operativa del sistema. Su implementaciรณn exige una coordinaciรณn efectiva entre departamentos, municipios, EPS y prestadores, con el ciudadano como centro de una arquitectura de servicios resolutiva y cercana a su entorno.
No obstante, advertimos que parte de los contenidos incluidos en este proyecto normativo ya habรญan sido publicados para observaciones de la ciudadanรญa, con base en el Decreto 858 de 2025, el cual fue suspendido por el Consejo de Estado en el pasado mes de octubre.
La observaciรณn clave: sin pago no hay habilitaciรณn
La observaciรณn mรกs relevante que presentamos es la solicitud expresa de que el pago oportuno y progresivo al talento humano en salud sea incorporado como requisito obligatorio para la habilitaciรณn y operaciรณn de las RIIS.
โConsideramos que la verificaciรณn de este criterio debe asegurar que las redes cuenten con mecanismos efectivos para garantizar un pago oportuno, completo, trazable y progresivo al talento humano en salud vinculado a las instituciones que las integran, como condiciรณn mรญnima para la continuidad, la calidad y la seguridad en la prestaciรณn de los serviciosโ.
En tรฉrminos prรกcticos, esto implica que, para habilitar una RIIS, se evalรบe la existencia de procesos claros para el reconocimiento y pago de honorarios, salarios y demรกs contraprestaciones econรณmicas, dentro de los plazos contractualmente pactados, asรญ como la adopciรณn de instrumentos de seguimiento que permitan identificar y corregir de manera oportuna situaciones de mora o incumplimiento.
La progresividad debe entenderse como la implementaciรณn de esquemas de actualizaciรณn periรณdica de la remuneraciรณn, sustentados en criterios objetivos y verificables, que permitan mantener el poder adquisitivo del talento humano en salud en el tiempo.
Adicionalmente, solicitamos que se verifique que las IPS que integran la RIIS cuenten con registros actualizados sobre sus obligaciones econรณmicas con el talento humano en salud tipo de vinculaciรณn, periodicidad de pago, criterios de actualizaciรณn y estado de las obligaciones y que dichos registros puedan ser consultados por las entidades territoriales o por el Ministerio de Salud y Protecciรณn Social en los procesos de habilitaciรณn, seguimiento o verificaciรณn.
Una solicitud reiterada y aรบn no acogida
Desde la S.C.A.R.E. reiteramos que esta solicitud no es nueva. En mรบltiples oportunidades hemos planteado al Gobierno Nacional que el pago oportuno y progresivo sea una condiciรณn para la habilitaciรณn de prestadores, sin que hasta ahora haya sido acogida en la regulaciรณn vigente.
La omisiรณn de este criterio desconoce que el flujo adecuado de recursos hacia el talento humano en salud es un componente estructural para la sostenibilidad del sistema de salud y un elemento indispensable para el cumplimiento efectivo del derecho fundamental a la salud.
Desde la S.C.A.R.E. continuaremos haciendo seguimiento al trรกmite de este proyecto normativo y a la respuesta del Ministerio de Salud y Protecciรณn Social frente a los aportes presentados, reiterando nuestro llamado a que la regulaciรณn reconozca al talento humano en salud como pilar del sistema.



