La póliza de responsabilidad civil en el marco del talento humano en salud colombiano se ha convertido en parte esencial para ejercer el oficio de médico, especialista, enfermero, y/o auxiliar para atender a los pacientes. Por esta razón y debido a la necesidad del sector salud del país de que su talento humano esté cubierto por una de ellas, la Sociedad Colombiana de Anestesiología como complemento al Fepasde, pone a disposición de sus afiliados la póliza de responsabilidad civil. Conozca en qué consiste ésta póliza, porque es solicitada por las instituciones prestadoras de salud y en términos generales, de qué lo protege.
Una póliza de responsabilidad civil se refiere a un seguro que un profesional de la salud o una entidad jurídica del sector adquiere para proteger el patrimonio frente a amenazas de acciones judiciales por actuaciones profesionales; es decir, indemniza los daños que el asegurado cause a terceros, por los actos médicos erróneos cometidos en la prestación del servicio profesional y en los que se encuentre responsable.
En Colombia el seguro de responsabilidad civil está definido en el artículo 1127 del Código de Comercio, que señala lo siguiente: “El seguro de responsabilidad impone a cargo del asegurador la obligación de indemnizar los perjuicios patrimoniales que cause el asegurado con motivo de determinada responsabilidad en que incurra de acuerdo con la ley y tiene como propósito el resarcimiento de la víctima, la cual, en tal virtud, se constituye en el beneficiario de la indemnización, sin perjuicio de las prestaciones que se le reconozcan al asegurado. Son asegurables la responsabilidad contractual y la extracontractual, al igual que la culpa grave, con la restricción indicada en el artículo 1055.”
En términos generales, dentro de las características de esta póliza se encuentran:
- Asegurar la responsabilidad civil profesional en la que incurra el asegurado derivada de actos erróneos, negligencia o impericia, acción u omisión, cometidos de manera involuntaria por el profesional y/o auxiliar de la salud asegurado en el ejercicio de la actividad de la salud descrita en la póliza y por los cuales sea civilmente responsable la actividad.
- La póliza indemnizará hasta el límite de valor asegurado pactado para cada amparo y en exceso de los deducibles establecidos, los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que cause el asegurado a pacientes y/o terceros siempre que los hechos ocurran durante la vigencia de la póliza y se encuentren debidamente probados.
- Cuando se trate de acuerdos de conciliación (judicial o extrajudicial) que realice el asegurado.
De esta manera, la S.C.A.R.E., para la póliza de responsabilidad civil cuenta con un aliado estratégico, Seguros del Estado, aseguradora que ampara a los beneficiarios de la póliza de responsabilidad civil en caso de requerir protección. Cabe resaltar que esta póliza no cuenta con gastos extras de defensa ni de apoderamiento porque los servicios jurídicos los presta el staff de abogados de la S.C.A.R.E., un equipo de profesionales especialistas en el área de la salud, que además cuentan con un éxito procesal del 97% de los casos que asesoran y defienden. Este beneficio aplica para los afiliados que se encuentren al día con sus aportes en el Fepasde.
Si usted se encuentra interesado en ampliar información sobre esta cobertura comuníquese al contact center de la S.C.A.R.E. a la línea nacional 01 8000 180 343, en Bogotá 744 8100 o al correo electrónico servicioalcliente@scare.org.co