1.        Para los procedimientos de Necropsias en el marco de la emergencia sanitaria, debe advertirse que según lo dispuesto por el Ministerio de Salud se suspende temporalmente la ejecución de autopsias sanitarias, necropsias académicas de cualquier edad, y tomas de muestras de tejido post mortem por métodos invasivos que no sean estrictamente necesarias. Las excepciones de la toma de tejidos son:
– La toma de muestras post mortem no invasiva por hisopado nasofarĂngeo en todos los casos de muertes con sospecha de SARS-COV-2 (COVID19).
– Las autopsias mĂ©dico legales por muerte violenta.
– Necropsias clĂnicas que se consideren inevitables por excepcionalidad.
– Para realizar estas actividades es necesario contar con los Elementos de ProtecciĂłn Personal recomendados por las autoridades.
– En los casos que se requiera necropsia mĂ©dico legal y estuviese indicada la cremaciĂłn, esta deberá contar con la orden del fiscal del caso.
2.         Tenga en cuenta que de acuerdo con la guĂa “Orientaciones para el manejo, traslado y disposiciĂłn final de cadáveres por SARS-COV-2 (COVID-19) VersiĂłn 4” (15) del Ministerio de Salud y ProtecciĂłn Social, se establecen los requerimientos locativos y de bioseguridad para la realizaciĂłn de autopsias clĂnicas o mĂ©dico legales en caso de muertes ocasionadas por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19).
3.         Las mismas recomendaciones establecen que la disposiciĂłn final del cadáver será preferiblemente mediante cremaciĂłn y solo en el caso en el que no se cuente con instalaciones para este procedimiento, se practicará la inhumaciĂłn en sepultura o bĂłveda. Los prestadores de servicios de salud deben ubicar el cadáver con causa de muerte probable o confirmada por COVID-19 en doble bolsa especĂfica para cadáveres de 150 micras o más de espesor, resistentes a la filtraciĂłn de lĂquidos. En consecuencia, solicite al prestador donde labore estos elementos y procure adoptar medidas como marcaciĂłn para evitar contagios en usted y otros funcionarios a travĂ©s del cadáver.
4.         El Ministerio de Salud ha recomendado que la comunicación del riesgo en defunciones por COVID-19 “…deberá ser informada a todos los actores que intervienen en la gestión del cadáver y a sus familiares o red de apoyo, de manera responsable, clara y oportuna, observando siempre el respeto a la dignidad humana, garantizando que existan canales de comunicación entre IPS-Funeraria-Cementerio, IPS y Familiares, IPS y Secretarias de Salud”. En consecuencia, defina con el prestador de servicios de salud con el que trabaja estos canales de comunicación sugeridos por la entidad gubernamental. Es importante destacar que, la comunicación asertiva del fallecimiento de las personas por COVID-19 a la familia o red de apoyo, debe brindarse con consideración y respeto, manejando las reacciones propias del duelo por el ser querido.
5.         El documento guĂa “Orientaciones para el manejo, traslado y disposiciĂłn final de cadáveres por SARS-COV-2 (COVID-19) VersiĂłn 4”  (15), para efectos de la certificaciĂłn mĂ©dica de la defunciĂłn por COVID-19, dicta las pautas que se deben tener en cuenta.