La ciudad de Cartagena de Indias fue el lugar escogido para el 28° Foro Internacional de la Organización para la Excelencia de la Salud, que este año busca poner sobre la mesa el debate de la seguridad del paciente y su cuidado integral, como uno de los principales eslabones en la cadena de la prestación del servicio de salud.
El evento, en el cual S.C.A.RE. participó activamente, abordó el futuro de la calidad en el sector de cara a mejorar la atención de los servicios de salud, además de reunir a los máximos exponentes y expertos en temas de calidad, seguridad y atención humanizada.
Durante el encuentro la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación, presentó el programa para mejorar la seguridad del paciente en salas de cirugía, iniciativa que ha venido liderando durante los últimos años a lo largo y ancho del país, haciendo acompañamiento a diferentes clínicas y hospitales para hacer de las intervenciones quirúrgicas una experiencia segura tanto para médicos como para pacientes. Durante todo el trabajo de promoción y prevención la S.C.A.R.E. ha impactado 83 instituciones con 138 actividades, y formando a 13.229 trabajadores de la salud en 28 ciudades.
Para Luisa Fernanda Naranjo, coordinadora de promoción y prevención de la S.C.A.R.E., este evento es de gran importancia para el sector, debido a que reúne a los principales actores de las áreas prestadoras de servicios de salud de las institucionales del país. “Es el momento de sentarnos a discutir sobre la calidad de los servicios que estamos prestando, persiguiendo un sistema más humanizado, será el espacio para socializar los logros alcanzados de cara a los pacientes, promoviendo de esta manera que cada vez más instituciones a nivel nacional logren implementar modelos que busquen la seguridad y la excelencia” afirmó.
De otro lado, durante el foro el Director Nacional de Acreditación en Salud del Icontec, Carlos Edgar Rodríguez felicitó públicamente a la S.C.A.R.E. por su apoyo y esfuerzos en el uso de las listas de chequeo y la seguridad en cirugía.
La resolución 5261 de 1994 expedida por el Ministerio de Salud y de la Protección Social en su artículo 93, define la remisión como un proceso administrativo asistencial a través del cual se transfiere el cuidado del paciente a un especialista o nivel superior de atención, trasladando a su vez la responsabilidad de preservar su salud.
Sin embargo, no existe normatividad que la regule y establezca su forma de pago, por lo que al constituir un deber derivado de su vínculo laboral bien sea la institución de naturaleza pública o privada, solo se causa una contraprestación económica adicional en favor del trabajador a título de trabajo suplementario, siempre que esta sea llevada a cabo fuera de su jornada ordinaria. Las disponibilidades serán liquidadas según el tiempo empleado en trasladar al paciente y regresar el profesional a su sitio de trabajo, y de acuerdo al momento en que se prestó el servicio. Así por ejemplo, el valor de una hora extra dominical nocturna es superior a una hora extra laborada entre semana.
Ahora bien, si la remisión se realiza dentro del turno del trabajador o en la jornada ordinaria, se entiende que dicho trabajo está incluido dentro de su salario básico, por lo que no hay lugar al pago de horas extras.
Finalmente, es importante que quien realiza remisiones cuente con una relación muy detallada de estas, de tal manera que en caso de no pago o de haber imprecisiones en su cálculo, pueda adelantar las reclamaciones y acciones legales a que haya lugar, pues si bien, tiene la obligación de realizarlas, ello no implica que sean a título gratuito.Giovani Ceballos RodríguezAbogado asesorías jurídicas S.C.A.R.E.