Con la expedición de la Ley 2466 de 2025, que reformó el Código Sustantivo del Trabajo, se introdujeron cambios significativos en materia de contratación, jornada laboral, recargos salariales, permisos y debido proceso disciplinario.
Desde la S.C.A.R.E. queremos contarte, de forma clara y directa, lo que necesitas saber para evitar riesgos y fortalecer tu respaldo legal. Conoce lo que viene y cómo te afecta.
Esto es lo que debes tener en cuenta con la Ley 2466
1. Conserva copia de tu contrato actual
Es fundamental conservar una copia actualizada y firmada de tu contrato laboral o de prestación de servicios. Esta revisión permite determinar si tu vínculo cumple con las nuevas exigencias legales, especialmente si hay lugar a reclasificar el tipo de contrato conforme a la realidad de la relación laboral.
2. La reforma aplica solo a contratos laborales
Ten en cuenta que la Ley 2466 de 2025 aplica exclusivamente a quienes tienen contratos laborales en cualquiera de sus modalidades:
- Contrato a término indefinido.
- Contrato a término fijo.
- Contrato por obra o labor determinada.
- Contrato con salario integral.
Los contratos de prestación de servicios no están cobijados por estas garantías, aunque en algunos casos puede configurarse una relación laboral si existen los elementos esenciales: subordinación, remuneración y prestación personal del servicio.
3. Contrato con salario integral: sin modificaciones
El contrato con salario integral no sufrió cambios con la reforma. Este tipo de contrato debe pactarse por escrito, y aplica solo si el salario mensual acordado es igual o superior a 13 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV).
Para 2025, el SMMLV es de $1.423.500, por lo que el salario integral mínimo es de $18.505.500 mensuales. Este salario incluye:
- Recargos nocturnos, dominicales y festivos.
- Horas extra.
- Prima de servicios.
- Cesantías e intereses a las cesantías.
No incluye vacaciones, las cuales deben ser reconocidas y pagadas de forma adicional.
4. Solicita asesoría legal antes de firmar nuevas condiciones
Evita firmar modificaciones contractuales sin consultar previamente con un abogado. Recuerda que los contratos, incluso los verbales, generan obligaciones legales y pueden tener implicaciones frente a tu estabilidad, ingresos y protección social. Para acompañamiento, puedes comunicarte con ALO FEPASDE al (601) 7448100.
5. Conoce tu nueva jornada laboral: 44 horas semanales
Desde el 15 de julio de 2025, la jornada laboral máxima será de 44 horas por semana. Estas pueden distribuirse en 5 o 6 días, con un día obligatorio de descanso, que puede no ser domingo si así se pacta.
6. Lleva control diario de tus horas extra
Aunque ya no se requiere autorización del Ministerio del Trabajo, las horas extra deben estar documentadas. El empleador tiene la obligación de llevar un registro, pero tú también debes llevar tu propio control diario.
Recuerda que el sector salud está excluido del límite de 2 horas diarias y 12 horas semanales (Art. 13°, parágrafo, Ley 2466 de 2025). El recargo nocturno no requiere autorización ni registro, pues se causa automáticamente si se labora después de las 7 p.m.
7. Exige los nuevos recargos por trabajo nocturno, dominical y festivo
Trabajo nocturno (7 p.m. a 6 a.m.): Desde enero de 2026, genera un recargo del 35 % sobre el valor ordinario.
Trabajo en domingos y festivos: A partir de julio de 2025, tendrá un recargo del 80 %, que subirá al 90 % en 2026 y al 100 % en 2027.
8. Debido proceso disciplinario: ahora más garantista
La Ley 2466 fortaleció el procedimiento sancionatorio en el ámbito laboral. Ante cualquier investigación disciplinaria, tienes derecho a:
- Recibir comunicación escrita con los hechos y normas supuestamente violadas.
- Conocer y controvertir todas las pruebas que fundamenten la medida.
- Presentar descargos por escrito o verbalmente, en presencia de testigos o acompañante sindical.
- Obtener una decisión motivada y proporcionada, que puede ser apelada ante otra instancia en la empresa.
El empleador está obligado a garantizar todas estas etapas. La omisión puede invalidar la sanción o el despido.
9. Permisos remunerados obligatorios
Desde la reforma, el empleador está obligado a conceder permisos remunerados para las siguientes situaciones:
- Citas médicas con especialistas
- Calamidades domésticas graves
- Obligaciones escolares como acudiente
- Citaciones judiciales o administrativas
- Día de descanso por cada 6 meses si se transporta en bicicleta
Recuerda notificar con antelación, siempre que sea posible.
10. Contrato colectivo sindical: sigue vigente
La reforma no eliminó ni restringió el uso del contrato colectivo sindical. Esta figura continúa siendo válida como mecanismo para la contratación de personal a través de organizaciones sindicales. Su revisión es importante para garantizar el cumplimiento de condiciones mínimas de legalidad, estabilidad y remuneración justa.
11. Evita riesgos por intermediación ilegal
Las empresas de servicios temporales (EST) solo pueden contratar para labores ocasionales, licencias o incrementos excepcionales de producción. Si tu trabajo es permanente o esencial, no puede ser cubierto por una EST, el uso indebido de estas empresas ahora genera responsabilidad directa del empleador y puede dar lugar al reconocimiento de un contrato laboral real.
Protege tu ejercicio profesional
La Reforma Laboral tiene efectos relevantes sobre tus condiciones de trabajo. Conserva copia de tus contratos, solicita asesoría legal antes de firmar, y registra tus horas. Esta ley solo aplica a relaciones laborales, por lo que, si prestas servicios bajo contrato civil, evalúa si existe realmente una relación laboral encubierta.
Desde la S.C.A.R.E., reiteramos nuestro compromiso con tu defensa jurídica y tu ejercicio profesional digno, seguro y legal.