Recientemente el colectivo de Acuerdos Fundamentales dio a conocer un comunicado en el cual se manifiesta con respecto a las declaraciones emitidas por tres grandes EPS que afirmaron que la UPC es insuficiente y que existen deudas antiguas que no han sido canceladas, lo que pone en riesgo la atención en salud a sus afiliados y que, de no tomarse las medidas pertinentes, serĆa difĆcil prestar los servicios de salud mĆ”s allĆ” de septiembre de 2023. Ante este preocupante pronunciamiento el colectivo manifestó:
1. Para no generar mayor incertidumbre, hacemos un llamado a la sensatez, al diÔlogo social y a la concertación con base en información técnica, objetiva y completa, tal como lo consagra la Ley Estatutaria de Salud. A su vez, ofrecemos crear un espacio imparcial y objetivo de discusión y anÔlisis sobre los aspectos financieros del Sistema de Salud que conduzca a propuestas viables que eviten afectar la prestación de los servicios a la población colombiana, como debe ser el mÔximo objetivo del Sistema de Salud.
2. Cualquier medida coyuntural o de largo plazo, como la definición del valor de la UPC, deberĆ” estar sustentada en estudios tĆ©cnicos y auditorĆas independientes que suministren las cifras reales tanto de la ADRES, como de las EPS y de los hospitales y clĆnicas, incluidas todas sus variables.
3. En el mismo sentido deberÔn sincerarse los estados financieros, las reservas técnicas y deudas de las EPS con IPS, del Ministerio de Salud y la ADRES con las EPS, asà como conocer las ganancias o pérdidas de todos los actores en el Sistema de Salud, de manera que se establezca con total transparencia los recursos necesarios para el funcionamiento del Sistema y las regulaciones que se requieren en el corto, mediano y largo plazo, sin esperar al curso de la reforma en el Congreso.
4. Al margen del trÔmite de la reforma a la salud en el Congreso de la República, el Sistema de Salud debe continuar funcionando y las soluciones a los temas emergentes han de establecerse a la luz de lo dispuesto en las normas legales vigentes, especialmente en la Ley Estatutaria en Salud 1751 de 2015.
Para consultar el comunicado completo de Acuerdos Fundamentales te invitamos a ingresar aquĆ.



