La Asamblea General de Delegados de la S.C.A.R.E. es el máximo órgano de dirección de la asociación y está integrada por las diferentes sociedades departamentales de anestesiología miembros de S.C.A.R.E. que, para esta reunión, son representadas por sus delegados. La asamblea se reúne de manera ordinaria una vez cada año y para el 2024 su sesión ordinaria será celebrada en el mes de marzo.
Hoy queremos mencionar algunos de los aspectos clave a tener en cuenta para llevar a cabo este encuentro, así como los requisitos que se deberán atender.
Cada sociedad departamental miembro que se encuentre a paz y salvo por cualquier obligación de contenido económico tiene derecho a un número de delegados de acuerdo con la cantidad de sus afiliados anestesiólogos de acuerdo a lo establecido en reglamento general de S.C.A.R.E., así:
Recuerda que cada sociedad departamental define el método de elección de sus delegados y deberá certificar ante la S.C.A.R.E. el listado de delegados a los cuales tenga derecho conforme a lo señalado en párrafos anteriores.
Esta certificación se presentará a la Revisoría Fiscal de la S.C.A.R.E. por escrito por parte del presidente y suscrito por la Junta Directiva de la Sociedad Departamental, con antelación mínima de 30 días calendario a la fecha de la Asamblea General ordinaria, para la verificación de requisitos.
Los delegados deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener vigente la condición de afiliado activo de número de la S.C.A.R.E. y encontrarse al día con sus aportes o contribuciones no reembolsables.
- Tener la condición de afiliado activo solidario al día con sus aportes o contribuciones no reembolsables.
- Estar a paz y salvo por cualquier obligación con la S.C.A.R.E. y las organizaciones del grupo S.C.A.R.E.
- Realizar el curso de formación gremial y corporativo dictado por la S.C.A.R.E., el cual se desarrollará de conformidad con el modelo educativo establecido por la S.C.A.R.E. el cual debe aprobar. Este curso deberá aprobarse con un puntaje no inferior a setenta (70) puntos sobre cien (100) y se tendrá hasta tres (3) intentos para lograr la calificación aprobatoria. En caso de no aprobarse el curso la sociedad departamental deberá designar otro delegado.
- La calidad de afiliado activo de número, además de estar dada por la condición del numeral 1 antes señalado, estará dada por: la realización de sus aportes no reembolsables durante los dos años, inmediatamente anteriores al año en el cual es designado como delegado, como afiliado activo de número o si ha adquirido la calidad de afiliado activo de número recién egresado que haya tenido previamente la calidad de afiliado activo adjunto, durante los dos años inmediatamente anteriores al año en el cual es designado como delegado.
Sobre los delegados suplentes, ten en cuenta que cuando la sociedad departamental designe delegados suplentes, se presume que son suplentes numéricos, salvo que se indique que son suplentes personales. Estos actúan ante las faltas definitivas o temporales de los delegados principales y quedan investidos en condiciones idénticas y para todos los efectos, de las mismas calidades y atribuciones que corresponden a los delegados principales.
Presentar el listado de delegados no asegura su participación en la Asamblea General de Delegados, una vez se presenta el listado en el tiempo establecido la reglamentación de la S.C.A.R.E., los requisitos inician un proceso de validación interna y en caso de no cumplirse algún requisito la sociedad departamental deberá designar otro (s) delegado (s).
No dudes en contactarte a los canales de atención establecidos o al correo intscare@scare.org.co para aclarar inquietudes que puedan surgir sobre el particular.