Fecha: mayo 13, 2025

Realizamos observaciones al nuevo proyecto de decreto sobre giro directo en salud

Decreto en salud

El Ministerio de Salud publicó un proyecto de decreto que busca modificar varios artículos del Decreto 780 de 2016, con el fin de actualizar las reglas del giro directo en el sistema de salud colombiano. Este mecanismo permite que los recursos de la salud —principalmente los relacionados con la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y con los presupuestos máximos— sean girados directamente desde la ADRES a las instituciones y entidades que presten dichos servicios y que provean tecnologías incluidas en el plan de beneficios, sin pasar por las EPS.

El proyecto establece los porcentajes de giro directo para las EPS dependiendo de su situación financiera o jurídica: si están intervenidas, en medida de vigilancia, o si voluntariamente se acogen al mecanismo. También define cómo se manejarán los recursos destinados a servicios y tecnologías no financiadas por la UPC (presupuestos máximos), y bajo qué condiciones pueden detenerse o reasignarse esos giros.

Desde la S.C.A.R.E. presentamos observaciones a este proyecto normativo, con el objetivo de garantizar mayor protección al talento humano en salud y asegurar claridad en la aplicación del mecanismo. Entre nuestras propuestas, destacamos:

  1. Proteger al talento humano en salud en caso de mora: Propusimos que, si una institución tiene más de 60 días de retraso en el pago al personal de salud, se permita girarles directamente los recursos desde la ADRES, a través de una cesión.
  2. Seguridad jurídica para las EPS que cumplen: Solicitamos que se aclare que las EPS financieramente sólidas, que cumplen con el indicador de patrimonio adecuado, no están obligadas a someterse al giro directo, tal como lo establece la ley.
  3. Ampliar el alcance del giro directo: Recomendamos que el decreto no limite el giro directo solo a instituciones, sino que incluya también otras entidades que presten servicios de salud, conforme a lo previsto en el artículo 150 del Plan Nacional de Desarrollo.
  4. Evitar la desfinanciación de tecnologías no cubiertas por la UPC: Propusimos que, al asignar recursos de presupuestos máximos, se tome como base lo ejecutado el año anterior, para que no haya reducciones abruptas que afecten la atención en salud.

Con estas observaciones, desde S.C.A.R.E. seguimos trabajando para que las normas en salud incluyan criterios de justicia, oportunidad y transparencia, y reconozcan el valor del trabajo del talento humano en salud.

La S.C.A.R.E. cuenta con 70 años de existencia y experiencia apoyando al talento humano en salud, lo que permite posicionarnos como una organización líder que brinda respaldo integral al gremio, para lo cual cuenta con gran solidez científica y económica.

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