Fecha: octubre 18, 2019
Por: Ximena Mesa Espitia – Abogada Asesoría Jurídica S.C.A.R.E.

¿Cómo debe un médico abordar a un menor de edad a la hora de realizar un examen sexológico?

El objetivo principal de los dictámenes sexológicos en menores de edad es brindar una atención integral de salud, protección y justicia, donde haya una recolección oportuna y adecuada de cada uno de los elementos probatorios, con el propósito de que puedan ser de gran utilidad para la investigación judicial por el presunto delito sexual. Su realización debe efectuarse por peritos médico forenses del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, así como médicos del servicio social obligatorio, médicos generales o médicos especialistas. ¿Pero de qué forma deben ser abordados los menores de edad?

El proceso de abordaje integral de los dictámenes sexológicos en menores de edad, comienza con un acercamiento paulatino con la víctima explicando algunos aspectos del examen médico-legal, así como su importancia dentro del proceso investigativo del delito sexual, siempre teniendo en cuenta la edad del menor, lo anterior con el objetivo de resolver cualquier duda e inquietud, así como verificar su disposición frente al mismo, diligenciando el formato de consentimiento informado, el cual debe ser firmado por sus padres, representantes legales, defensor de familia, comisario de familia, personero o inspector de familia, según cada caso en particular.

En los reconocimientos médicos que deban practicarse a niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos sexuales, se deberá tener en cuenta la disposición del menor, de manera que si se rehúsa o se niega a la valoración, no se realizará el examen y se dejará constancia en el respectivo informe, aun existiendo el consentimiento firmado por parte de su representante, posteriormente se informará por escrito a la autoridad competente que lo solicitó[1].

En las primeras 72 horas desde la ocurrencia de los hechos, la valoración clínica  integral de la víctima, dentro de la  investigación por delito sexual constituye una urgencia médico-legal, por tal razón debe ser atendida como tal en los servicios forenses y de salud, su examen físico se hará en presencia del acompañante del menor, no obstante una vez trascurrido este periodo aun es posible encontrar algún tipo de lesión o evidencia, el que se efectúa a través del buen manejo del kit para la toma de muestras en la investigación del delito sexual, para garantizar la cadena de custodia de los elementos materia de prueba y evidencia física encontrados durante la toma del dictamen, los cuales deben ser entregados a la policía judicial una finalizado el examen sexológico.

Para ello es importante que revise la guía de consulta del examen sexológico forense, así como comunicarse con la línea de asesorías jurídicas si tiene dudas e inquietudes sobre este tema.

[1] Artículo 193, numeral 8, Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006).

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