Desde el 17 de enero se darán a conocer la asignación de plazas de Servicio Social Obligatorio 2020 para las profesiones de medicina, odontología, enfermería, y bacteriología según lo estipulado en la resolución 2358 del 16 de junio 2014
El Ministerio de Salud y Protección Social a través de la dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud anunció que el 17 de enero se dará a conocer la asignación de las 1150 plazas de Servicio Social Obligatorio a nivel nacional para el 2020 dirigidas a profesionales en bacteriología, enfermería y medicina que realizaron su inscripción .
Si usted se encuentra próximo a comenzar su Servicio Social Obligatorio, la S.C.A.R.E. y el Fepasde le da las siguientes recomendaciones para tener en cuenta:
1. Conserve la constancia de los documentos de su vinculación como médicos en SSO (contrato o resolución de nombramiento y acta de posesión).
2. Solicite el manual o carta de la gerencia donde consten las funciones que desempeñará durante su ejercicio como médicos de SSO.
3. Diligencie la historia clínica siguiendo los parámetros legales, por ser un documento que, además de dar cuenta de toda la atención dada al paciente, también es la mejor herramienta para demostrar el cumplimiento de todos los parámetros de atención estipulados en la lex artis; por ello, se debe diligenciar de forma clara, legible, sin tachones, enmendaduras o espacios en blanco y sin utilizar siglas. Cabe recordar que cada anotación debe llevar la fecha y hora en que se realiza, con la identificación completa del autor de la misma.
4. Obtenga consentimiento informado completo y previo a las intervenciones en salud que le realizará al paciente y que así lo requieran, dejando constancia de éste en la historia clínica; debe estar debidamente firmado por el paciente o su representante, y deberá contener como mínimo: las alternativas quirúrgicas o terapéuticas disponibles para tratar la enfermedad; la intervención o tratamiento a realizar, con la indicación de porqué se escoge este y no otro; las recomendaciones necesarias para su realización; los posibles riesgos o efectos indeseables que se pueden concretar con ocasión del procedimiento o tratamiento; los efectos secundarios y las indicaciones de cuidado necesarias para el éxito del tratamiento o procedimiento.
5. Conserve la relación de los turnos y del trabajo suplementario que realice, ante eventuales dudas sobre su jornada laboral o sus pagos.
6. No firme documentos sin antes leerlos o asesorarse con un abogado para verificar la legalidad y conveniencia de su contenido. Nuestros afiliados podrán comunicarse con nuestra asesoría legal oportuna para recibir de manera gratuita asesoría 24/7 a través de la línea nacional 01 8000 180 343 o en Bogotá al 744 8100.
7. No asista a ningún tipo de diligencia o citación sin antes asesorarse con un abogado.
8. Conserve buenas relaciones con sus compañeros de trabajo y, ante cualquier desavenencia con estos o los superiores, intentar optar siempre por las soluciones amigables y concertadas.
Para consultar los resultados de asignación de plazas para el año 2020 ingrese a partir del 17 de enero aqui
Si usted se encuentra afiliado a la S.C.A.R.E. y cuenta con el beneficio del Fepasde y tiene alguna inquietud, comuníquese a la linea de asesoría legal oportuna ALO que estará disponible las 24 horas al día los 7 días de la semana a nivel nacional al 01 8000 180 343 y desde Bogotá al 7448100, o también puede contactarnos al correo servicioalcliente@scare.org.co