Fecha: mayo 5, 2026
Cristian GonzĆ”lez – Abogado Apoyo JurĆ­dico

Gestión de sangre del paciente: nuevo decreto que cambia la prÔctica transfusional en Colombia

Gestión de sangre

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió el Proyecto de Decreto ā€œpor el cual se reglamenta el funcionamiento de establecimientos dedicados a la extracción, procesamiento, conservación y distribución de sangre y componentes sanguĆ­neos y productos medicinales derivados del plasma y suero, y se dictan otras disposicionesā€. AquĆ­ te contamos.

Su objetivo es actualizar el manejo de sangre humana y sus derivados, actualmente regulado por el Decreto 1571 de 1993. Buscando armonizar la regulación nacional con los avances científicos, técnicos y normativos internacionales, así como con las recomendaciones formuladas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS), con el fin de garantizar la seguridad transfusional y la calidad de la sangre en el territorio nacional.

Objeto y alcance del Proyecto de Decreto

Este Proyecto regula toda la cadena transfusional. Es decir, desde la promoción de la donación, pasando por la extracción, el procesamiento, el almacenamiento y la distribución, hasta el uso terapéutico de la sangre y sus componentes. También incluye el tratamiento del plasma y el suero humano para obtener productos medicinales derivados.

¿A quién aplica? A bancos de sangre, prestadores de servicios de salud que realizan procesos pretransfusionales y transfusionales, entidades territoriales, EPS, el Instituto Nacional de Salud (INS), el INVIMA, instituciones académicas y centros de investigación, entre otros.

Uno de los puntos clave es la propuesta de crear una Red Nacional de Sangre. La idea es que funcione como un sistema articulado a nivel nacional, con roles claros para el Ministerio de Salud, el INS y el INVIMA en temas de dirección, coordinación, hemovigilancia, inspección, vigilancia y control.

Aquƭ hay un concepto que toma protagonismo: la hemovigilancia. A lo largo del Proyecto se fortalece este sistema para lograr una vigilancia mƔs precisa y mejorar el registro de todo lo que pasa con la sangre en el paƭs.

También se definen mejor los roles de las coordinaciones departamentales y distritales de salud, así como las funciones del Comité Técnico Asesor de la Red Nacional de Sangre. Todo esto con un propósito: mejorar la disponibilidad, la trazabilidad y el acceso a la sangre en Colombia.

Funcionamiento de los bancos de sangre y calidad de la sangre

El Proyecto aterriza en aspectos muy concretos. Define las condiciones para abrir, operar y cerrar bancos de sangre, así como la certificación en Buenas PrÔcticas de Sangre.

AdemÔs, establece requisitos técnicos y científicos para el talento humano y refuerza los procesos de inspección y seguimiento que lidera el INVIMA.

En cuanto a seguridad, regula temas clave como:

  • El tamizaje obligatorio de enfermedades infecciosas
  • Las pruebas moleculares
  • El sistema de gestión de calidad
  • El flujo de información a travĆ©s del Sistema Nacional de Hemovigilancia

Todo esto apunta a elevar los estƔndares de seguridad y trazabilidad.

El Proyecto también deja claro algo fundamental: la transfusión de sangre es un acto médico. Por eso, define obligaciones específicas para los prestadores de salud y regula el funcionamiento de los comités transfusionales.

A esto se suma el enfoque en el uso racional de la sangre, el seguimiento postransfusional y la gestión de eventos adversos.

Gestión de la S.C.A.R.E

En paralelo, en la S.C.A.R.E estamos adelantando el Proyecto de Ley 346-2025S sobre Gestión de Sangre del Paciente. Esto abre una oportunidad importante de articulación con este nuevo Proyecto de Decreto.

Desde S.C.A.R.E hicimos un anÔlisis técnico y jurídico, y planteamos varias observaciones para fortalecer el impacto del Proyecto y articularlo con las guías de Gestión de Sangre del Paciente de la OMS:

  • Incorporar de forma expresa el enfoque de Gestión de Sangre del Paciente (GSP) como principio articulador del modelo, con Ć©nfasis en la prevención de la anemia, la reducción de transfusiones innecesarias y la promoción de la salud sanguĆ­nea, en concordancia con las directrices de la OMS.
  • Precisar el alcance del Proyecto, aclarando que su objeto se centra solamente en la regulación operativa y tĆ©cnica del sistema de sangre, sin que se entienda como un marco exhaustivo de la polĆ­tica de salud sanguĆ­nea que impida futuras regulaciones frente al tema.
  • Evitar duplicidad de cargas mediante articulación interinstitucional para mejorar la calidad de la información para la toma de decisiones.
  • Garantizar el uso racional y clĆ­nicamente indicado de los componentes sanguĆ­neos, incorporando criterios de necesidad e idoneidad terapĆ©utica y promoviendo la aplicación de guĆ­as de prĆ”ctica clĆ­nica nacionales e internacionales.
  • Permitir la articulación futura del Decreto con polĆ­ticas pĆŗblicas complementarias, relacionadas con la Gestión de Sangre del Paciente y la promoción de salud sanguĆ­nea en el paĆ­s.

Desde S.C.A.R.E haremos seguimiento continuo a este Proyecto de Decreto y a toda normativa que impacte la seguridad transfusional, el uso adecuado de la sangre y la protección del derecho fundamental a la salud.

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